Blog "Pantónomo" - El juzgador de los juzgados

Duración de los procedimientos

19 Noviembre 2009 | Jose Pedro Martín Escolar

reloj-espiralCon fecha 12.06.2009 como consecuencia de un accidente de tráfico que se produjo en Madrid Capital, interpusimos denuncia ante el Juzgado de Instrucción de Madrid que por turno de reparto correspondiera, por daños y lesiones contra el conductor, propietario y compañía aseguradora del vehículo contrario. Dicha denuncia recayó en el Juzgado de Instrucción nº 14 de Madrid, habiéndose practicado a la fecha todas las actuaciones relativas al procedimiento de referencia, esto es, reconocimiento médico forense, celebración de juicio de faltas y sentencia. Encontrándose por tanto archivado el citado procedimiento.  

Sin embargo, con fecha 31.07.09 como consecuencia de otro accidente de tráfico producido en la Carretera de Burgos – Nacional II, y que por el cual, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Torrelaguna dispone el preceptivo atestado de la Guardia Civil, se interpuso la correspondiente denuncia por daños y lesiones contra las partes igualmente responsables por el mismo, no habiéndose recibido en esta ocasión ningún tipo de notificación hasta la fecha, y por tanto, no habiéndose practicado ningún tipo de actuación relativa al procedimiento.    

Es decir, mientras un Juzgado tarda cuatro meses en resolver una denuncia hasta el archivo de actuaciones, otro juzgado por un mismo procedimiento y en el mismo plazo, lejos de lo anterior, no ha dado comienzo a los autos de referencia, encontrándose pendiente el trámite de admisión de la denuncia interpuesta.    

fumando espero…

3 Noviembre 2009 | Emilio José García Benjamin

El pasado día se celebró vista oral en relación a un juicio de reclamación de cantidad seguido ante el Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid. En esta ocasión, con independencia de la condición de parte demandante o demandada, o bien, defendiéramos a la empresa o trabajador. La realidad es que ambas partes, es decir, representante legal de la empresa, trabajador, testigos y abogados, tuvimos que esperar más de tres horas hasta que se produzco la celebración de la vista.

La verdad es que nos las prometíamos muy felices al pensar que al tratarse de un juicio relativamente sencillo y estar citados a las 09:45, la celebración del mismo se produciría sin grandes inconvenientes y aproximadamente a la hora prevista, sin embargo, lejos de lo anterior, la funcionaria no llamó a las partes hasta pasadas las 12:45h, es decir, tres horas después a la fecha de citación.   

salaLa cruda realidad de este asunto es que mientras tú te encuentras citado a una hora, y todas las partes del procedimiento hacen todo lo posible e imposible para llegar a la Sala a tiempo, llegado el día y hora del juicio, indigna comprobar como pasan las horas y durante las mismas se van celebrando juicios que se encontraban convocados para después al tuyo, y aquellos que eran anteriores, el Juzgado en lugar de citar en función de la complejidad de los procedimientos y el tiempo aproximado que requiere cada uno de ellos, procede a convocar la celebración de todos los juicios con tan solo una diferencia horaria de 15 minutos.

Precisamente por este motivo, de las tres horas que nos encontramos esperando a ser llamados, una y media hora fue destinada a celebrar un juicio convocado para las 9:30, y que dada su complejidad, requirió un tiempo de 1h1/2, y sin embargo, el próximo juicio fijado era el nuestro que se encontraba convocado para 15 minutos después, es decir, como consecuencia de una mala programación, ya que un juicio de tal envergadura nunca podría ser resuelto en el plazo programado, nada más comenzar la mañana existía un retraso en el Juzgado de 1h1/4. Ni que decir por tanto aquellos juicios que se encontrasen fijados para las 12:00, 13:00…

Esta situación a mi parecer no solo provoca un malestar generalizado de particulares y profesionales, manifestando un claro y evidente enfado, sino además, entiendo que motiva una clara desconcentración por parte de los clientes y profesionales que se encuentran esperando para ser citados, ya que los mismos, durante tres largas horas de espera, en lugar de tratar los asuntos propios que les ha llevado a encontrarse en el Juzgado, se ven obligados a matar el tiempo y a hablar sobre cualquier otra cuestión o asunto ajeno al procedimiento, provocando con eso la pertinente relajación en sus funciones, y peor aún, pudiendo ser objeto de una posterior desconcentración y falta de precisión en el momento de la celebración de la vista.